Actualmente, el IVA en alimentos para mascotas están gravados con la tasa del 16% prevista en la Ley del IVA; sin embargo, en esta ley se establece que los “productos destinados a la alimentación” deberán tener tasa del 0%, por lo que puede existir una contradicción respecto a cuál tasa de IVA resulta aplicable al alimento para animales.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propone modificar el artículo 2º-A de la Ley del IVA alimentos para mascotas con la finalidad de aclarar y establecer expresamente que los productos destinados a la alimentación humana y los productos no procesados para animales se tienen que gravar con la tasa del 0% prevista en la Ley del IVA.
Esta modificación a la Ley del Impuesto al Valor Agregado beneficiaría a todos aquellos que compran alimentos para animales, ya que se reducirían los precios de venta al público.
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