Recibí una carta invitación del S.A.T. ¿Cómo lo resuelvo?

Recibí una carta invitación del S.A.T. ¿Cómo lo resuelvo?

Que hacer si recibo una carta invitación del SAT

Uno de los principales temas con el que lidian los contribuyentes es la recepción de las llamadas Cartas invitación del Servicio de Administración tributaria (S.A.T.); mismas que tienen su fundamento legal en el artículo 33-A del Código Fiscal de la Federación y se emiten con el objeto de promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, o bien, de informales sobre inconsistencias detectadas y/o comportamientos atípicos, tal y como puede ocurrir con la emisión de facturas que carecen de los requisitos legales exigibles.

 

¿PUEDO CONTESTAR POR MI CUENTA UNA CARTA INVITACIÓN DEL S.A.T.?

 

La respuesta inmediata sería “sí” no obstante, no debe perderse de vista que pese a parecer un tema sencillo, requiere tratarse con cuidado y considerar los siguientes aspectos:

 

  • No todas provienen realmente de una autoridad fiscal, sino que pueden ser actos fraudulentos empleados por terceras personas para el robo de información.
  • Aquellas hacen referencia a obligaciones fiscales que se le atribuyen al contribuyente, por lo que es necesario contar con un experto que pueda constatar tal situación.
  • Contestarlas requiere de un procedimiento específico regulado por las disposiciones generales en materia fiscal, y, por ende, la realización errónea del mismo, puede llevar al contribuyente a ser acreedor a multas o incluso a la imposición en determinados casos, de créditos fiscales.

 

Acto seguido, si bien es cierto que el contribuyente es libre de efectuar por cuenta propia la contestación a una carta invitación, más cierto es que el apoyo de un asesor fiscal con experiencia, brinda certeza y seguridad en torno a la correcta atención de la misma y logra prevenir eventualidades como lo son la imposición de multas o incluso de créditos fiscales.

 

ASESORES FISCALES Y CARTAS INVITACIÓN

 

Un asesor fiscal es un experto en la materia fiscal —valga la redundancia—, con todos los conocimientos teóricos y prácticos para la atención de diversas contingencias en materia tributaria como lo es la atención a cartas invitación.

No obstante, es importante mencionar que, dada su naturaleza, éstas últimas son emitidas de acuerdo a la situación particular de cada persona, y, por ende, identificar el tipo de carta invitación que recibió el contribuyente es la primera acción que debe acontecer antes de ofrecer una asesoría.

 

¿CÓMO ELIJO A UN BUEN ASESOR FISCAL PARA ATENDER MI CARTA INVITACIÓN?

 

Un buen asesor fiscal será aquel que, desde el primer contacto, lleve a cabo las preguntas adecuadas para conocer la situación particular del contribuyente, así como el contenido de la carta invitación que ha recibido; para, con base en ello, ofrecer una respuesta personalizada y veraz que brinde seguridad y confianza.

 

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